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Plazos de la Negociación Colectiva y el Fuero de los Trabajadores

Hemos comenzado con el proceso de elaboración del Proyecto de Contrato Colectivo (PCC) para los trabajadores de la Mutual de Seguridad CChC y surgen entonces algunas consultas y dudas sobre los plazos del proceso y la vigencia del fuero, que aclaramos a continuación.

¿Cuándo se presenta el PCC por los Sindicatos?
La ley dispone que no antes de 45 días ni después de 40 días anteriores a la fecha de vencimiento del contrato colectivo vigente. 
En nuestro caso, esto significa que el PCC debe presentarse entre los días lunes 18 y sábado 23 de julio de 2016.

 

¿Qué efectos produce la presentación?
1. Fuero Laboral: Los trabajadores involucrados en el proceso de negociación colectiva (cuyo nombre figura en nóminas anexas al PCC) gozan de fuero laboral, esto significa que no pueden ser despedidos sin autorización previa de un Juez del Trabajo desde los 10 días anteriores a la presentación del PCC y hasta los 30 días después de la firma del Contrato Colectivo. 
Por ejemplo, si el proyecto se presenta el día lunes 18 de julio, los trabajadores que figuran en dichas nóminas cuentan con fuero laboral retroactivo desde el viernes 8 de julio, y si alguno fue despedido a contar de esa fecha, debe ser reincorporado a la empresa.
Esto con la excepción de los trabajadores contratados a plazo fijo. En este caso, el fuero expira conjuntamente con la terminación del contrato, no requiriendo el empleador solicitar autorización judicial para poner término al contrato de trabajo, por la causal vencimiento del plazo convenido. 
2. Obligación de permanecer en el proceso: Presentado el PCC, los trabajadores no pueden retirarse del proceso. La única excepción se produce una vez hecha efectiva la huelga, pero no antes.

¿Los plazos de la Negociación Colectiva son de días hábiles o corridos?
Los plazos son de días corridos, esto es, no se suspenden los días domingo o festivos, pero si un plazo termina en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el día siguiente hábil.

¿Dentro de qué plazo está obligada la empresa a responder el PCC?
Mutual de Seguridad está obligada a responder el PCC dentro de los 15 días desde la fecha de haberlo recibido. Si no lo hace, se le aplica una multa por la Inspección del Trabajo, y si transcurren 20 días sin haber dado respuesta, se entiende que acepta el Proyecto de los trabajadores.

 

(C) 2016. Comunicaciones Sindicato Nacional y Nº 1 VIII Región Mutual de Seguridad CChC. 

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